Qué hacer para pasar la ITV de motos

Qué hacer para pasar la ITV de motos
Qué hacer para pasar la ITV de motos

Realmente los requisitos para pasar la ITV de motos o ciclomotores no son muy diferentes a los que nos exigen para pasarla con cualquier otro vehículo.

Como siempre, lo primero que tendrás que hacer es pedir cita previa con antelación. Comprueba la fecha en la que caduca la ITV, aunque en la mayoría de estaciones nos dará cita con al menos un mes de antelación. Puedes pedir cita para la ITV de motos por internet o por teléfono, y el día que te toque pasar la inspección no te olvides los papeles en casa.

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Cada cuanto tienen que pasar la ITV los distintos vehículos

A modo de resumen, las distintas periodicidades de los vehículos más “frecuentes” se resumen en el siguiente listado (pudiendo acceder a información detallada en el citado Real Decreto artículo 6):

  • Ciclomotores, de primera matriculación y de menos de tres años de antigüedad están exentos, a partir de tres años la revisión deberá de realizarse cada dos años.
  • Motocicletas, quads y cuadriciclos están exento los de primera matriculación y antigüedad menor de cuatro años, a partir de ahí la inspección será cada dos años.
  • Los turismos particulares de menos de cuatro años están exentos, de cuatro a diez años cada dos años será la revisión y a partir de diez años, tendremos visita cada año.
  • Circular sin la ITV al día acarrea sanciones que pueden llegar hasta la inmovilización del vehículo, sin contar el perjuicio hacia nuestra propia seguridad al volante.

Entre la documentación necesaria para superar la inspección están la ficha técnica del vehículo, más conocida como la tarjeta de la ITV, el permiso de circulación y el recibo del seguro de la moto en vigor. Realmente desde la estación pueden acceder al registro de vehículos asegurados y comprobar si tu moto tiene seguro o no, pero siempre es recomendable llevarlo por si acaso. Por último, en las estaciones de ITV catalanas piden el DNI del conductor que lleva la moto.

Para realizar la Inspección Técnica de Vehículos (ITV), es necesaria una documentación básica que acredite la propiedad del vehículo, y la matriculación del mismo, siendo la fecha en que se realizó ésta la que se toma en cuenta para la consideración de los plazos obligatorios que establece el decreto.

  • La Ficha Técnica, también llamada Tarjeta ITV (si ha pasado anteriormente la ITV)
  • El Permiso de Circulación del vehículo
  • Acreditación del seguro obligatorio del vehículo (último recibo al corriente de pago)
  • En algunas provincias, el DNI del conductor del vehículo.
Permiso de Circulación de España

Permiso de Circulación de España

Hay situaciones especiales que se tienen en cuenta en el decreto. Una de ellas ha considerar especialmente es el caso de vehículos que hayan sufrido algún accidente, y como consecuencia del mismo u otra causa un daño importante que pueda afectar algún elemento de seguridad de los sistemas de dirección, suspensión, transmisión o frenado, o al bastidor o estructura autoportante en los puntos de anclaje de alguno de estos órganos, deberá ser presentado a inspección antes de su nueva puesta en circulación, en la que se dictamine sobre la aptitud del vehículo para circular por vías públicas.

Neumáticos de moto: lo que debes saber para ir sobre ruedas (I)

Una de las piezas más modificadas en los vehículos y de obligatoria inspección por la ITV son los neumáticos.

Atendiendo a la ley y concretamente al “Manual de Reformas de Importancia” entrado en vigor el pasado catorce de Enero de 2011, la homologación de los neumáticos tendrá un carácter obligatorio si concurren los siguientes criterios de equivalencia:

 Perfil de llanta que corresponda al neumático

 Mismo diámetro exterior, con una tolerancia +/- 3%.

 Código de categoría de velocidad igual o superior al original.

 Índice de carga igual o superior al original.

Al realizar el cambio de neumáticos por unos distintos a los originales con frecuencia es posible que se cambie el desarrollo del neumático en cuestión. Es altamente recomendable e instructivo que revisemos en la ficha técnica de nuestro vehículo en busca de los datos referentes a la medida de ruedas que esta homologada por el fabricante del vehículo.

ITV para ciclomotores

Estas pruebas valen para todas las motos, por ejemplo una moto de 125; pero si tienes un ciclomotor debes saber que la itv para ciclomotores es algo diferente. Además de revisar todos estos aspectos, el técnico comprobará que no pasa de los 45 km/h, la velocidad máxima que puede alcanzar un ciclomotor. Muchas veces les quitamos los topes para rebasar esa velocidad, así que si es el caso vuelve a ponérselos para pasar la ITV. Si le has cambiado los escapes, lo mejor es volver a montar los originales para asegurarnos de superar la prueba de ruidos, y así obtener una ITV favorable.

Motos A2: Novedades

Este año se introdujo una nueva normativa para motos a2, las motos de 49cc o menos también conocidas como motos limitadas y que nos afectan a la hora de pasar la ITV. Hasta ahora las motos de 95 CV venían con un kit que podíamos instalar en el concesionario o en nuestro mecánico para limitarlo (modificación electrónica, tope en el acelerador, etc.). El taller nos daba un certificado con el que podíamos solicitar una nueva ficha técnica en la ITV, y podíamos utilizar esa moto limitada.

Sin embargo, las motos limitadas se han convertido en motos transformadas y se introducen dos tipos de homologaciones, una para las motos de hasta 35 kw y otras para las que superen esa potencia. Además, estos vehículos transformados deben llegar así de fábrica, no pueden incluir el famoso kit para limitar su potencia. Tampoco pueden hacerlo ya los talleres mecánicos, serán los concesionarios los que se ocupen de registrar todo el proceso antes de pasar la ITV y homologar la motocicleta.

Prepara tu moto o scooter para la ITV

Fuente de información:
https://www.itv.com.es/

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